SUNASS: EPS deben controlar y monitorear cumplimiento de norma sobre VMA

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67% de empresas de agua no tiene procedimiento para determinar el número de usuarios industriales y comerciales. Se busca evitar el deterioro de infraestructura sanitaria y disminuir costos de operación y mantenimiento

La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS) informó que a la fecha son 15 las EPS que tienen un área asignada como responsable del control y monitoreo para los Valores Máximos Admisibles (VMA) y que en las 35 EPS restantes esta labor recae en un comité o un gestor del área comercial; en tanto se ha determinado que en la mayoría de las EPS pequeñas no se ha aplicado ninguna estrategia, acción o instrumento para implementar la normativa.

La norma que regula los VMA (D.S. N° 021-2009-VIVIENDA) busca evitar que las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario deterioren agresivamente las instalaciones, infraestructura sanitaria, maquinarias y equipos de las Empresas Prestadoras del Servicios de Saneamiento (EPS), y así contribuir a un adecuado funcionamiento, garantizando la sostenibilidad de los sistemas de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales, en beneficio de la población.

Los VMA son aplicables en el ámbito nacional y son de obligatorio cumplimiento para todos los usuarios no domésticos (industriales y comerciales) que efectúen descargas de aguas residuales en el alcantarillado sanitario; su cumplimiento es exigible por las 50 EPS.

La información recogida por SUNASS, indica que el 67 % de las EPS no tiene un procedimiento para determinar el número de usuarios no domésticos, ni la frecuencia del monitoreo inopinado y que sólo Sedapal y Sedacusco realizan ese monitoreo, así como ensayos de los parámetros. Se ha detectado a su vez que existen problemas en las cajas de registro para la debida toma de la muestra y medición del caudal.

SUNASS ha notificado a las EPS el ajuste de sus procedimientos para hacer una efectiva aplicación normativa de los VMA y les recomendó contar con un área responsable del control y monitoreo con funciones definidas, la identificación y registro de las descargas de las industrias y comercios que afecten al sistema y un presupuesto definido.

SUNASS participó en la EXPOAFERIA organizada por Sedapal, donde remarcó, a través del Vocal del Tribunal de Solución de Reclamos (TRASS) de SUNASS, Luis Espinal, la importancia de la normativa y de su cumplimiento por todos los usuarios no domésticos de las EPS.

La función de SUNASS, el regulador del agua potable, es normar, regular, supervisar y fiscalizar a las empresas de saneamiento a nivel nacional, resolviendo los reclamos en segunda instancia administrativa.

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