Si nos detiene la policía, ¿Cómo debemos actuar?

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Hay que señalar que las intervenciones de los policías en particular los de Transito es bastante común, lo importante es saber cómo actuar si nos detienen conduciendo nuestro vehículo.

 

Recordemos que la policía realiza operativos inopinados, pero los que muchos se preguntan es en qué circunstancias especificas un policía nos puede intervenir cuando conducimos nuestro vehículo.

 

Aprosec les recomienda que revisemos el Código de Transito del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, la policía solo puede detener un vehículo en tres circunstancias:

 

1.- Si el conductor comete una infracción de Transito o comprometido en un accidente vehicular

2.- Si el vehículo esta con Orden de Captura

3.-  Si se realiza un Operativo Policial

 

Es importante señalar que un policía de civil no puede detener un auto, la policía de Transito o los de Carretera son los encarados de poner papeletas a los infractores, por ejemplo Unidades como Las Águilas Negras también podrían detener el vehículo.

 

Si se comete una infracción de Transito, la forma adecuada de intervención es que  el policía deberá acercarse a la ventana del Conductor, el conductor no debe bajar de su vehículo, y indicarle el motivo de la detención.

 

Si el conductor esta con síntomas de embriaguez o de estar con síntomas de haber consumido algún estupefaciente, el policía deberá hacer uso del Alcoholímetro sin que el conductor baje del carro, pero si no tiene el dispositivo puede solicitarle que baje del carro para realizar una prueba de coordinación y equilibrio, el policía no debe llevarse el documento del intervenido fuera de la vista de este, para que el policía solicite que acuda a una dependencia policial es por que:

 

1.- Cuando se a cometido un delito Flagrante

2.-  Existe una grave infracción de Transito

3.- Cuando estamos comprometidos en algún accidente vehicular

 

La policía solo puede detener a un ciudadano en la vía publica cuando existe una Orden Judicial o cuando la persona se encuentra en plena infracción o delito, hay que ser muy claros al  indicar que los Serenos no  tienen la potestad de llevar a cargo una intervención salvo que se encuentren con una Autoridad  Fiscal o Policial. los Serenos tienen un rol de colaboración, ya que hasta la fecha los  Serenos no tiene un marco legal para actuar de manera operativa.

 

Finalmente es importante que para firmar algún documento Ud. exija la presencia de su abogado.

 

Cesar Ortiz Anderson

Presidente de Aprosec

www.aprosec.org

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