Con motivo del fin de semana largo, INDECOPI, señala que, según lo establecido en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, los clientes tienen el derecho a postergar o endosar los pasajes comprados para el servicio de transporte aéreo sin realizar pagos adicionales por estos cambios.
Por ello, el representante la Oficina Regional de INDECOPI en La Libertad, Sergio Obregón Matos, recomienda a las personas que viajen por Semana Santa, verificar las condiciones de sus pasajes a fin de evitar cobros indebidos, pues estos cargos adicionales sólo se pueden efectuar cuando el pasaje es parte de una promoción y dichas restricciones estén especificadas por escrito antes de efectuarse la compra.
Destacó también que el plazo máximo para informar sobre estos cambios en los pasajes es de 24 horas antes del viaje y que el único cobro que se adicionaría es el de la emisión de un nuevo boleto, ya que no existen cargos por no presentarse al vuelo o cualquier otro tipo de penalidades.
Por otro lado, el representante de INDECOPI indicó que para los pasajes adquiridos de ida y vuelta o round trip con varios destinos, se mantiene el derecho a usar los boletos para cualquier tramo, aún cuando no se haya hecho uso del primero. Esto debido a que se han reportado casos en que no se ha permitido abordar a los pasajeros que por diversos motivos no pudieron efectuar el viaje de ida o primer tramo y quisieron hacer valer su boleto de retorno. Asimismo, recalcó que este derecho no aplica a viajes con escalas, pues el usuario debe tener una estadía mínima en cada uno de los destinos.
Adicionalmente precisó que este derecho se puede hacer efectivo en todos los servicios de transporte de pasajeros dentro del territorio nacional, en cualquier modalidad, sin restricción alguna.
Finalmente manifestó que los proveedores que incumplan con lo indicado en el Código, en vulneración a los derechos de los consumidores, podrían afrontar procedimientos administrativos ante los órganos resolutivos del INDECOPI y de comprobarse la infracción serían sancionados con multas de hasta 450 unidades impositivas tributarias.