Aprueban que adolescentes de 16 y 17 años sean juzgados por delitos graves

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El Congreso de la república aprobó, en segunda votación, la iniciativa legislativa que sanciona penalmente a los adolescentes de 16 y 17 años involucrados en delitos graves como terrorismo, homicidio calificados, secuestro, extorsión, sicariato, narcotráfico, violación sexual, entre otros.

Según se informó, las medidas socioeducativas (que serían como una sanción en el caso de los adultos) consideran internaciones de 6 a 8 años en caso que adolescentes sean encontrados responsables en delitos como sicariato o violación sexual de menores de edad.

Es preciso indicar que el proyecto de ley 618 buscaba modificar el numeral 2 del artículo 20 del Código Penal debido a que la legislación actual establece que los jóvenes menores de 18 años están “exentos de responsabilidad penal”, es decir, que son inimputables (no sancionables ante la ley).

Entre otros actos por los que podrán recibir sanción será por la promoción, favorecimiento o facilitar el consumo ilegal de drogas tóxicas, comercialización y cultivo de amapola y marihuana y su siembra compulsiva, y tráfico ilícito de insumos químicos y productos fiscalizados en algunas de sus formas agravadas.

También por lesiones graves, lesiones graves por violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, trata de personas y en sus formas agravadas, explotación sexual (niñas, niños y adolescentes), pornografía infantil, esclavitud y otras formas de explotación, entre otros.

La ley aprobada será enviada ahora al Ejecutivo para disponer su promulgación o, de lo contrario, su observación, con lo cual la propuesta legal regresaría al Congreso.

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