Proyecto de Gonzalo Chávarry atenta contra autonomía de fiscales

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Fiscal de la Nación plantea proyecto de Nueva Ley Orgánica del Ministerio Público que recorta facultad de fiscales para investigar y pedir levantamiento del secreto bancario. Tendrá a su cargo investigaciones preliminares.

El fiscal de la Nación, Gonzalo Chávarry, presentó al Congreso un proyecto de Nueva Ley Orgánica del Ministerio Público, a través del cual afecta la autonomía de los fiscales al disponer que se le informe previamente para iniciar investigaciones y recorta la facultad para ordenar, por ejemplo, el levantamiento del secreto bancario, lo que podrá hacerse solo con su autorización y será el primero en recibir esa información privilegiada.

El abogado de IDL, Juan José Quispe, analizó la iniciativa presentada por Chávarry el 22 de octubre mediante oficio N° 0007 41-2018-MP-FN y consideró que la norma “crea un fiscal de la Nación omnipotente con injerencia directa en casi todas las etapas de investigación, fortaleciendo su poder frente a otras instituciones”.

Para Quispe, una de las medidas graves es que dentro de las funciones del fiscal de la Nación, le quita autonomía a los fiscales. Explicó que con esta norma será el fiscal de la Nación quien realice la investigación preliminar. Hará una calificación inicial y recién luego instruirá al fiscal supremo que investiga a los altos funcionarios.

Añadió que la investigación preparatoria será a instancia del fiscal de la Nación. “Si dice que no formalice, el fiscal ya no hará la investigación. Con esto hay una clara intromisión a la investigación fiscal, pues cada fiscal es autónomo, pero con esta norma ya no habrá esa autonomía”, explica.

Por si fuera poco, según el proyecto de Gonzalo Chávarry, el fiscal de la Nación solicitará ante la autoridad que corresponda el levantamiento del secreto bancario, reserva tributaria e identidad bursátil en las investigaciones llevadas a cabo por el Ministerio Público.

“Esto es grave, pues si el fiscal de la Nación va a concentrar todos estos pedidos, eso quiere decir que los a va a monopolizar y va a tener información privilegiada de primera mano, cuando eso le compete a cada fiscalía provincial o superior”, declaró.

Agregó que, por ejemplo, esto bloquearía las investigaciones del fiscal Pérez Gómez, pues todo el levantamiento del secreto bancario primero se solicitará al fiscal de la Nación y la entidad bancaria le dará la información y será el fiscal de la Nación, quien entregará la información al fiscal que investiga. “Va a ser el privilegiado de conocer toda la información”, indicó.

Quispe añadió que el Art. 22 dice que el fiscal de la Nación solicitará al presidente del Congreso, presidente de la Corte Suprema o a la Corte Superior de Justicia y a los ministros la información y comunicación necesarias.

“Es decir, los fiscales van a tener que pedir al fiscal de la Nación que oficie a las altas autoridades cualquier información que requieran. Por ejemplo, Pérez Gómez tendría que pedir información a través del fiscal de la Nación, cuando antes podía solicitarla él mismo. Por eso, esta norma vuelve omnipotente al fiscal de la Nación. Se trata de una iniciativa a la medida de Chávarry”, señaló.

Dijo, además, que en el Art. 19 se aumenta de dos a tres años el tiempo de gestión del fiscal de la Nación, con dos años prorrogables; es decir, podrá tener una gestión de cinco años.

Dentro de las funciones, según el Art. 3 inciso 6, en algunos casos los fiscales van a reemplazar al juez al estar facultados para disponer el cierre temporal, parcial o total de locales o establecimientos, con fines de investigación, cuando exista urgencia o peligro en la demora; solo si se trata de una afectación significativa se requerirá autorización judicial.

Mientras que el Art. 7 dice que los fiscales no pueden ser obligados por ninguna autoridad a declarar como testigos respecto a hechos que conocieron en el ejercicio de sus funciones. Con esto, si el Congreso los llama a declarar, los fiscales no están obligados a ir al Parlamento.

Fiscal ya no jurará ante el presidente:

– Cuando Gonzalo Chávarry no juró ante el presidente Martín Vizcarra, se generó una controversia. El artículo 15 de esta iniciativa dice que el fiscal de la Nación presta juramento para ejercer el cargo ante la Junta de Fiscales Supremos.

– “Ya no dice que debe jurar ante el presidente. Se meten en temas jurisdiccionales del Poder Judicial y están acabando con la tradición de juramentar ante el mandatario”, declaró el abogado de IDL.

– La iniciativa también afecta a policías y militares, pues el fiscal de la Nación podrá requerir información al presidente del Tribunal Supremo de Justicia Militar-Policial y a jueces y fiscales de la Justicia Militar-Policial sobre las investigaciones y procesos a su cargo y disponer las acciones pertinentes, según corresponda.

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