El citado reglamento contiene la Directiva N° 001-2011-MPT-GDS/SGPA, lleva la firma del alcalde de la ciudad César Acuña Peralta y está orientado al correcto uso de la remesa que financia el vaso de leche, con participación de los comités de gestión.
Es causal de suspensión temporal de la entrega de los alimentos, leche fresca, harina y hojuela de quinua, si se constata tres veces que un determinado club de madres o comité del vaso de leche entrega leche sin hervir o cuando en tres supervisiones el club no está funcionando en el horario de atención para la entrega del vaso de leche.
También procede suspensión temporal de los alimentos, si los responsables no entregan la documentación sustentatoria del Programa Vaso de Leche, como la hoja de control del ganadero, hoja del reparto de las raciones o no se encuentra funcionando en el horario de atención y entrega de leche. Como resultado de la supervisión, siempre se levanta un acta de lo actuado.
Los beneficiarios del vaso de leche están conformados por niños 0 a 16 años de edad, madres gestantes y madres en periodo de lactancia, ancianos en estado de abandono y personas afectados con anemia y TBC, no pierden su condición y serán atendidos por otros clubes de madres cercanos, dijo la gerente de Desarrollo Social de la MPT, Tania Baca Romero.
El cierre definitivo también ocurre, cuando se compruebe un faltante de los alimentos, o se les da otro destino, o se apropien de los mismos, en este último caso de inmediato se da cuenta a la Procuraduría Pública Municipal, para las acciones legales convenientes.