Sólo serán doce los bienes afectos al régimen de percepciones del IGV

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Exclusión entrará en vigencia el 1 de enero del 2015.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) excluyó a 29 partidas del Régimen de Percepciones del Impuesto General a las Ventas (IGV) y ahora sólo serán doce las afectas a este sistema de pago anticipado, como parte del conjunto de medidas para reactivar la economía, según una resolución publicada hoy.

La normativa establece que la exclusión de las partidas entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2015 y será de aplicación a las operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria del IGV se produzca a partir de dicha fecha.

Los bienes inafectos desde la fecha señalada son pinturas, vidrios, artículos de construcción, piezas cerámicas, frutas, lentes, carnes, productos lácteos y aceites comestibles.

Además preparaciones de carne, pescado o de crustáceo, artículos de confitería sin cacao, chocolate, pastas, extractos, esencias y concentrados de café, salsas (kétchup, mostaza, mayonesa), cigarros y cementos hidraúlicos.

Del mismo modo insumos químicos, productos farmacéuticos, artículos de perfumería y cosméticos, jabón y ceras, manufacturas de plástico, artículos de caucho sin vulcanizar, pieles y cueros, manufactura de cuero, peletería, papel, cartones, zapatos y herramientas.

Así, el número de partidas del Régimen de Percepciones del IGV se reducirá de 41 a doce a partir del próximo año. (Con información de Andina).

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