“Alianza Para el Progreso (APP) no está obligada a pagar una multa de más de 2 millones de soles que la ley no prevé. La sanción que recibió de ONPE durante el anterior proceso electoral fue arbitraria, ilegal y abusiva. El propio JNE determinó eso debido a deficiencias de la actual legislación”, afirmó el asesor legar de APP y actual vicegobernador del Gobierno Regional de La Libertad, Luis Valdez Farías.
Sin embargo, adelantó que, de ser el caso, como partido político democrático respetuoso de la ley, acudirían a tribunales nacionales y constitucionales.
Esta respuesta la dio considerado que en ONPE han señalado que acudirá al Poder Judicial para entablar una demanda a fin de hacer efectiva una multa que interpusieron el año 2010, que inicialmente fue de poco más de 9 millones de soles y que por decisión del JNE se redujo a S/. 2’267, 440.
La multa fue interpuesta por aportes a APP hechos por encima de lo que la Ley de Partidos Políticos permitía.
“Estamos dentro de los plazos para continuar con el proceso contencioso, a fin de que sea el Poder Judicial quien dilucide el pedido de ONPE, vamos a esperar a que esto se resuelva”, puntualizó, recordando que a fines del año pasado, mediante una resolución del 31 de diciembre, el JNE, que es la última instancia nacional en este tipo de procedimientos, ya se había pronunciado sobre el tema, estableciendo que la ONPE no puede sancionar al partido político bajo ningún lineamiento.
Recordó que en el fundamento N° 34 de la antes citada resolución se señala: “este Supremo Tribunal Electoral no debe dejar de mencionar que en casos análogos, como el que nos ocupa, el cobro a los partidos políticos no ha prosperado debido a la deficiencia de la actual legislación, tal como se ha podido verificar del informe emitido por la ONPE”.
Agrega que “en efecto, en el informe N° 000031-2014-JANRFP-SGCN-GSSP/ONPE, del 23 de junio del 2,014 (fojas 667 a 669) elaborado por la jefatura del área de Normatividad y Finanzas Partidarias, se aprecia la relación de los informes de los servicios de supervisión de fondos partidarios y las resoluciones objetos de sanción impuestas a las organizaciones partidarias por parte de la ONPE en los últimos 4 años (2010 al 2014).
En dicha información se puede verificar que en relación a los procesos sancionadores iniciados en contra de organizaciones políticas, la ejecución de las sanciones impuestas “multas pecuniarias” no se han efectivizado debido a que falta desarrollar reglamentos y normas que prescriban con exactitud la infracción y su respectiva sanción.