OTUZCO (Especial). Todo viene siendo aclarado respecto a la acusación contra un ex funcionario de la Municipalidad Distrital de Huaranchal, actualmente privado de su libertad en el penal El Milagro, denunciado por el alcalde Edilberto Tocto Alvarado por delito de peculado en agravio del Estado.
En efecto Deyvi Valdez Zavaleta, tras cumplir más de siete meses de detención mientras dure la investigación, pidió en días pasados la cesación de su condición de prisión preventiva dispuesta, teniendo en cuenta que las acusaciones en su contra han sido aclaradas ante las autoridades judiciales.
Respecto a que no habría efectuado el pago o pagos de las retenciones por concepto de EsSalud, SNP y AFP por un monto aproximado de 21,154 nuevos soles y acusado de apropiación ilícita, quedó corroborado con los memorándum 0’04 y 005-2011 MDH-ALC del 1 y 7 de febrero del 23011 y la resolución coactiva que el incriminado no tiene culpa.
El contador público Jhon Beltrán Alvarado ha manifestado ser autor de los memorandum 004 y 005/2011 llegándose a establecer que jamás se llegó a girar cheque alguno y menos retiro de dinero en efectivo, pretextando cancelar las deudas tenidas a EsSalud, SNP y AFP. Es decir no egresó dinero de esos rubros de la Municipalidad de Huaranchal.
A la vez sobre la obra de electrificación rural primaria 13.2 KVP y redes secundarias 440/220 y conexiones domiciliarias del caserío Callanquitas se ha acreditado que fue concluida, conforme a lo informado por expertos en ingeniería eléctrica a través de un documento, es más el servicio público se viene dando a los usuarios.
En mi condición de tesorero tenía que cumplir con mi obligación de cancelar los comprobantes de pago que se hacían llegar a tesorería adjuntándose el contrato para la ejecución de la obra, la conformidad que daba la gerencia de obras y el cuaderno de supervisión de los trabajos.
Otra de las acusaciones fue el supuesto pago indebido a ingenieros que prestaban servicios a la Municipalidad se ha desvirtuado que Deivy Valdez Zavaleta haya efectuado pagos de favor a dichos profesionales. Los pagos se han hecho de acuerdo a los procedimientos legales una vez que se había llegar al tesorero la orden de servicio más el documento denominado comprobante de pago.
El ex funcionario manifiesta que de acuerdo al artículo 283 del CPP, prevé que se puede solicitar la cesación de la prisión preventiva cuando se hayan desvirtuado los criterios que se tuvieron en cuenta para ordenar la prisión preventiva, por lo que pide que el juez de investigación preparatoria de Otuzco disponga la audiencia respectiva.
Manifiesta que la acusación hecha por el alcalde Edilberto Tocto Alvarado se debe a una represalia por haber promovido con vecinos del distrito el proceso de revocatoria en su contra, actitud que la población de Huaranchal y de los residentes huaranchalinos en Trujillo condenan y rechazan.