Trujillo: aprueban ordenanza que restringe ingreso de transporte de mercancías al Centro Histórico

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Esta mañana, el pleno de regidores provinciales admitió por mayoría el proyecto de ordenanza que aprueba el reglamento de zonas y vías de restricción de transporte de mercancías al continuo urbano de Trujillo, con la finalidad de reducir el tráfico vehicular en el distrito, evitar el rápido deterioro del asfalto, y disminuir a su vez, la contaminación sonora y ambiental.

De ese modo, se estableció la restricción de ingreso según zonas. La Zona 01 corresponde al Centro Histórico, es decir, al interior del perímetro de la av. España, en cuyas vías está permitida la circulación de vehículos de Categoría N1 con capacidad de carga hasta 3.5 toneladas, como son camiones, furgones, cisternas, tanques, quillas, y volquetes, únicamente en el horario de las 22:00 horas hasta las 6:00 horas del día siguiente.

Mientras que, en la Zona 02 solo está permitido el ingreso de vehículos de categoría N2 y O3 con capacidad de carga de hasta 7 toneladas, desde las 22 horas hasta las 7:00 horas del día siguiente, al área urbana residencial y comercial comprendida al interior del perímetro de la av. América, av. Gonzáles Prada, av. La Marina, av. Jesús de Nazareth, Av. Mansiche, Pablo Casals, y Túpac Amaru hasta el perímetro de la av. España, entre otras vías que se detallan en el documento de la ordenanza.

De otro lado, para los vehículos de categoría N3 y O4 de capacidad de carga de hasta 12 toneladas, su ingreso estará permitido hasta el área urbana residencial, comercial y agrícola al interior de los límites del distrito de Trujillo, hasta los límites de la Zona 02, desde las 21:00 horas hasta las 8:00 horas del día siguiente.

Asimismo, la ordenanza establece que en la Zona Industrial Sur y la Zona Industrial Santa Leonor, existe libre circulación para cualquier denominación, dependiendo de la señalización y sección vial; mientras que en las vías arteriales y colectoras como Av. Metropolitana, Av. Indoamerica, Av. Federico Villarreal, Av. Mansiche y carretera a Huanchaco, es de circulación de cualquier denominación de vehículo, desde las 22:00 horas hasta las 7:00 horas del siguiente día.

Cabe mencionar que la presente ordenanza no aplica para el servicio de taxi en ninguna de sus modalidades, sino únicamente para el transporte de carga y descarga. La presente ordenanza entrará en vigencia a los 90 días de su publicación.

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