Los trabajadores portuarios conocieron a detalle la Ley N° 27866, la cual regula su actividad, de esta manera pudieron ser absueltas sus dudas y consultas, pues el personal de la gerencia regional de Trabajo de La Libertad explicó la norma, cumpliendo con el rol difusor de los derechos fundamentales de los trabajadores.
La capacitación fue coordinada por la subgerencia de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales y de la Seguridad y Salud en el Trabajo. Cabe resaltar que fueron los trabajadores de ENAPU, quienes solicitaron las charlas pues tenían dudas sobre ciertas competencias y compromisos que los empleadores deben asumir para con los trabajadores.
Las preguntas se centraron en el Registro de los Trabajadores Portuarios, sobre este punto se recordó que de ello se encarga la entidad administradora del respectivo puerto, además se resaltó que el trabajador portuario está vinculado al empleador mediante contrato de naturaleza indeterminada y discontinua, el cual queda perfeccionado con el nombramiento.
Se recalcó que el trabajador portuario se encuentra comprendido en el régimen laboral de la actividad privada, correspondiéndole todos los derechos y beneficios en él establecidos, con las particularidades que determina la presente Ley y su Reglamento.
Es necesario resaltar que la Autoridad Administrativa de Trabajo es competente para el conocimiento y solución de conflictos, de los procedimientos de inspección de trabajo y otros aplicables al trabajo portuario.
Así, también, a los asistentes se les informó sobre los servicios que brinda la subgerencia de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, así como los servicios gratuitos del Centro de Empleo y de los Programas Nacionales.