Por: María Perales Bazalar, Directora Fiscal de Telefónica del Perú.
Telefónica es un contribuyente que merece respeto porque siempre ha cumplido con la ley y con sus obligaciones tributarias. Desde 1994 a la fecha ha pagado más de S/ 9,000 millones por impuesto a la renta.
Lo que se discute es la pretensión de la Administración Tributaria de cobrar el impuesto a la renta por ingresos no cobrados de sus clientes que tuvieron dificultades para pagar.
Para convalidar este actuar, la Procuraduría de la SUNAT pretende desconocer un sistema integral y efectivo de cobranza, y tras ello descartar el 100% de la llamada “Provisión de Cobranza Dudosa”.
Telefónica utiliza el Sistema Integral de Cobranza, que consiste en 9 gestiones de cobro y cuyo proceso se mostró a la SUNAT durante la fiscalización, con la confianza de que validaría que Telefónica sí hace “gestiones de cobro”. El sistema integral que descartan las autoridades tuvo un éxito de cobro del 92% de los recibos.
Sin embargo, SUNAT descartó una a una cada gestión ejecutada, es decir, descartó las 9 gestiones, y así se generó una de las crisis más serias para Telefónica.
Uno de los más emblemáticos sinsentidos de la Procuraduría de SUNAT es afirmar que la notificación de deuda que hace Telefónica en los recibos no es gestión de cobranza por la forma cordial en que termina la comunicación: “si se encuentra al día en sus pagos, ignore esta deuda que figura como pendiente”. Una muestra del trato diferente que se le da a Telefónica es que a Sedapal, que hace lo mismo, sí se la valida esta gestión.
Estas acotaciones datan de 1998, 2000 y 2001. Es decir, han pasado cerca de 20 años y todavía se desconoce qué es para SUNAT una gestión de cobranza que intime al pago al cliente.
Esta demora perjudica a Telefónica y ha hecho que el importe en litigio se incremente de manera astronómica con tasas de interés entre 26 y 14%. Se afecta a la Empresa cuando se la señala como uno de los grandes deudores cuando la demora en resolver es imputable al Estado. Las moras e intereses representan el 80% del importe en cuestión.
La controversia en el ámbito del Poder Judicial está próxima a cumplir una década, y esperamos que finalmente resuelva conforme a ley y a favor de la predictibilidad tributaria.