Otorgarán licencia con sueldo por un año a trabajador a cargo de menor con cáncer

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Ley de urgencia para la atención integral del cáncer del niño y adolescente fue publicado hoy en El Peruano.

La Ley N° 31041, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, establece de manera excepcional y única, el derecho de obtener una licencia con goce de haber hasta por un año, cuando el trabajador tenga a su cargo a un hijo, niño o adolescente menor de 18 años, diagnosticado con cáncer por el médico especialista.

La Ley de urgencia médica para la detección oportuna y atención integral del cáncer del niño y del adolescente detalla, asimismo, que el pago por los primeros 21 días de licencia será cubierto por el empleador y el tiempo restante por EsSalud.

Tutor o curador:

De otro lado, la norma modifica la ley que regula el derecho del trabajador de la actividad pública y privada a gozar de licencia en los casos de tener un hijo, padre o madre, cónyuge o conviviente.

Ahora incluyen al trabajador que tenga a una persona bajo su curatela o tutela, que es enfermo diagnosticado en estado grave o terminal, o que sufra accidente que ponga en serio riesgo su vida, con el objeto de asistirlo.

Así, la licencia con goce de haber por siete días en caso de enfermedad grave o terminal o por accidente grave que es otorgada a trabajadores con familiares directos por el plazo máximo de siete días calendario, y también a los tutores o curadores. (El Peruano).

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