Para las madres trabajadoras.
Hasta 395,000 soles de multa (100 UIT) pagarán las empresas privadas que no implementen un lactario, a pesar de tener entre sus trabajadores a 20 o más mujeres en edad fértil (de 15 a 49 años), advirtieron voceros del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP).
En diálogo con la Agencia Andina, la directora de Familia y Comunidad del MIMP, Teresa Hernández, precisó que la Comisión Multisectorial de Lactarios es la responsable de visitar las entidades públicas y privadas para comprobar si el lactario existe de acuerdo a los requisitos que establece la norma.
“El MIMP preside esa instancia, que ya tiene un plan de trabajo. Primero realiza las visitas de verificación y luego las de supervisión para comprobar si las entidades observadas cumplieron con las mejoras que faltaban. Monitoreamos conforme las entidades públicas o privadas van creando sus lactarios”.
Sobre la multa, señaló que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) será la responsable de aplicarla a las empresas privadas. El monto será de acuerdo a la gravedad de la falta y del número de trabajadoras afectadas, pero el tope es 100 UIT.
Por su parte, la Comisión Multisectorial tiene el encargo de monitorear y hacer seguimiento a las instituciones públicas. En caso de incumplimiento, informará a las oficinas de control interno o de auditoría de la institución en falta para que se asegure el cumplimiento de la norma.
Cada lactario debe tener una refrigeradora exclusiva, lavadero y debe estar de preferencia en el primer piso de la empresa o entidad.
“El MIMP considera que, como condición de igualdad entre hombres y mujeres, los centros de trabajo deben ofrecerle a las madres facilidades para ejercer su maternidad con tranquilidad, y parte de ello es asegurarles que puedan dar de lactar a sus hijos o guardar su leche materna”.