Licencias vencidas de vehículos particulares tendrán vigencia hasta 31 de enero del 2021

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Ampliación incluye documentos que caduquen entre el 1 de enero y el 15 de agosto de este año.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) prorrogó, una vez más, el plazo de vigencia de las licencias de conducir y los certificados de salud de la clase A en todas sus categorías: autos particulares, taxis, cústers, ómnibus, camiones, tractores, entre otros. La medida incluye a las licencias vencidas desde el 1 de enero hasta el 15 de agosto del 2020.

El permiso de conducir cuya fecha de vencimiento se encuentre dentro del plazo señalado tendrán una ampliación de su validez que puede ir desde el 30 de setiembre de 2020 o hasta 31 de enero de 2021, de acuerdo a la clase y categoría de la licencia de conducir (líneas más abajo el detalle). Así lo establece la Resolución Directoral N°015-2020-MTC/18, publicado hoy en el diario El Peruano.

La norma tiene la finalidad de brindar una atención eficiente a los ciudadanos, evitar aglomeraciones y riesgos de contagio de covid-19, debido a la alta demanda de solicitudes en los servicios relacionados al proceso de otorgamiento de licencias de conducir, entre ellos los centros de salud, escuelas de conductores y centros de evaluación a nivel nacional.

Se debe tener en cuenta que los servicios se suspendieron por más de tres meses, como medida para evitar la ola de contagios de coronavirus. Actualmente, las entidades complementarias en operaciones y las que reanudarán actividades deberán reducir su capacidad de atención en un aproximado de 25%, para cumplir el distanciamiento social obligatorio.

Prórroga variadas

Para las licencias que hubieran vencido desde el 1 de enero del 2020 hasta el 15 de agosto del 2020, se ampliará de acuerdo al siguiente cronograma:

–              Hasta el 31 de enero de 2021 se ampliará las licencias de la Clase A categoría I, las que permiten conducir vehículos de uso particular sedanes, coupé, hatchback, convertibles, station wagon, areneros, pickup y furgones.

–              Hasta el 30 de setiembre de 2020 se ampliará las licencias de la Clase A categoría II a, la que permite manejar vehículos señalados en la licencia Clase A categoría I, salvo las pick up, pero destinados al servicio de taxi.

–              Hasta el 30 de noviembre de 2020 se ampliará las licencias de la Clase A categoría III a, la que permite conducir buses y ómnibus además de los mismos vehículos que una licencia A-I, A II a y A II b.

–              Hasta el 31 de diciembre de 2020 se ampliará las licencias de la Clase A categoría III b, la que permite manejar además de los vehículos comprendidos en la licencia de Clase A IIb, camiones mayores a 12 toneladas a los cuales pueden ir acoplados remolques o semi remolques.

–              Hasta el 31 de diciembre de 2020 se ampliará las licencias de la Clase A categoría III c, la que permite conducir los mismos vehículos que una licencia A-I, A – II a, A-III a, A-III b.

Para las licencias de la Clase A categoría II b que hubieran vencido entre enero y abril del 2020, se ampliará la licencia hasta el 31 de octubre del 2020 y para las licencias que caducan entre mayo y julio del 2020 de esta categoría, se ampliara la licencia hasta el 30 de noviembre del 2020.

La Clase A categoría II b, la que permite manejar los mismos vehículos que una licencia A-I y A-IIa y también combi, couster y camiones de hasta de peso bruto vehicular menor de 12 toneladas.

Inicialmente, la prórroga de las licencias de conducir fue establecida hasta el 30 de abril y luego hasta el 31 de julio de 2020, pero debido a la pandemia del coronavirus se extendió hasta el 31 de enero de 2021 (vehículos particulares).

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